Red.es convoca ayudas por importe de 30 millones para la red de oficinas Acelera Pyme

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Digitalización sector público

Las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, buscan impulsar la adopción de las tecnologías por las empresas españolas (incluidas las de nueva creación), pymes, autónomos y emprendedores.

Red.es, entidad pública adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, lanza la convocatoria de ayudas 2025 para la creación de la red de oficinas Acelera Pyme. 

Con un presupuesto total de 30 millones de euros financiados con cargo a los fondos FEDER del periodo 2021-2027, los importes de la ayuda serán como máximo el 80% del presupuesto subvencionable. Así, el importe mínimo de la ayuda solicitada por proyecto será de 300.000 euros y el importe máximo de 410.000 euros.

Esta convocatoria tiene como finalidad incentivar la creación y consolidación de Oficinas Acelera pyme seleccionando, en régimen de concurrencia competitiva, a los beneficiarios de las ayudas para impulsar la adopción de las tecnologías por las empresas españolas, incluidas las de nueva creación, especialmente las pequeñas y medianas empresas (pymes), autónomos y emprendedores, así como el soporte al emprendimiento digital en sus diferentes fases. 

Estas ayudas están enmarcadas en el programa Acelera Pyme de Red.es. La red de Oficinas Acelera Pyme ofrece a las empresas espacios físicos y virtuales de información, formación y asesoramiento para acelerar su digitalización de forma que puedan mejorar su competitividad y fortalecer su crecimiento.

Quiénes pueden ser beneficiarios

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas asociaciones (incluyendo federaciones, confederaciones y uniones de estas) profesionales y empresariales, colegios profesionales y centros tecnológicos y de apoyo a la innovación tecnológica que estén válidamente constituidas en España. El plazo para presentar las solicitudes es de 30 días naturales, a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado